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Vista híbrida

  1. #1
    Principe
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    Estimado:

    Efectivamente no te pueden "retener" el carnet de identidad. El Código de Procedimiento Procesal es bastante riguroso al regular el control de identidad, intancia en que te pueden pedir el carnet u otra identificación, la idea en esto es que te identifiques.

  2. #2
    Principe
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    Cita Iniciado por Valo Ver mensaje
    Estimado:

    Efectivamente no te pueden "retener" el carnet de identidad. El Código de Procedimiento Procesal es bastante riguroso al regular el control de identidad, intancia en que te pueden pedir el carnet u otra identificación, la idea en esto es que te identifiques.
    si la calentura no me deja etrminar las ideas, el controls de identidad tan solo lo pueden hacer las policias.
    Ahora bien es distinto que te pidan el C.I. con el objeto de controlar el ingreso y muy distinto es que te lo retengan.

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