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Ver la versión completa : consulta por finiquito



kakarotomad
05-23-11, 14:31
la consulta es la siguiente para el que sepa,
llevo mas de 2 años en un proyecto el cual se acerca a su termino. puntualmente el finiquito que deberia incluir ademas de mi remuneracion del mes, mis vacaciones?, si renuncio antes por encontrar otra pega?

Soy_un_equis
05-23-11, 14:34
no estoy seguro pero creo que en el caso que el contrato tenga fecha de término cuando te finiquitan sin renunciar en ese caso es lo mismo que si renuncias.

La última vez que me cambié de pega renuncié y me pagaron las vacaciones Y el proporcional del mes...perdiendo los años de servicio (en mi caso)... Pero yo tenía contrato indefinido.

sherk
05-23-11, 14:42
perrin...

legalmente solo se cancelara

Dias trabajados del mes.
vacacaiones acumuladas correspondientes

eso es lo unico que corresponde por renuncia...

ahora si teni llega negocia la slaida y te vas con algun aindemnizacion...

Rodrigo Z
05-23-11, 14:47
Don KK.

Si el contrato es a plazo fijo, solo recibes vacaciones legales, a menos que tu empleador declare que te despide por finalización de los trabajos y ellos hayan durado más de un año.

En el caso favorable anterior o si es un contrato indefinido, un mes por año con un máximo de 11 meses (si el contrato es posterior a 1981).

Además de eso, tienes tus vacaciones proporcionales o feriados proporcionales, que es el pago por la cantidad de vacaciones que tienes pendiente dado el tiempo que has trabajado sin tomártelas.

Si renuncias pierdes la indemnización del mes por año, pero no las vacaciones, esas se pagan a todo evento.

Eso...

Optimus Prime
05-23-11, 15:21
chucha...
Ya esta todo dicho
Solo le corresponden sus vacaciones proporcionales.
Como es contrato de plazo fijo debe presentar su renuncia con al menos 30 dias de anticipacion y que ademas su empleador se lo acepte, legalmente el lo puede "obligar" a trabajar el tiempo restante para terminar su plazo fijo (generalmente eso no ocurre), pero si su empleador se quiere poner weon, lo puede demandar por incumplimiento de contrato.

Valo
05-23-11, 15:29
Llegué tarde y mis contertulios ya respondieron la consulta.
Ahora el no cumplimiento de las formalidades en la renuncia del trabajador no tiene sanción.

slds foristicos

kakarotomad
05-23-11, 15:39
ya srñores
gracias a todos por responder. mejor espero a que esto weones me finiquiten asi me llegan mas lukas .

atila
05-23-11, 16:49
debes fijarte en el contrato de trabajo, si en la clausula de duracion del contrato de trabajo dice que es por una obra o proyecto determinado, entonces solo te corresponde las remuneraciones , las vacaciones proporcionales. Pero si esa clausula no menciona nada en relacion a la fecha o hecho que determina el termino de tus servicios, ademas de los pagos mencionados en el otro parrafo, te corresponde la indemnizacion del mes por año y si no te avisan con 30 dias de anticipacion te corresponde la indemnizacion sustitutiva del aviso de termino de la relacion laboral, que equivale a un mes de remuneracion.
Como vez todo depende de como este redactada la clausula de duracion de la relacion laboral.
Siempre en caso de duda recomiendo reclamar ante la inspeccion del trabajo, pues con eso ganas tiempo, pues el plazo de 60 dias que tiene para reclamar del despido, se suspende hasta que se resuelva el reclamo. En segundo lugar ojo con la firma del finiquito, idelamente firmalo con reserva de derechos, eso te permite demandar cons posterioridad, pues si lo firmas sin reserva cooperaste y no podran reclamar ni demandar.
Espero que esta informacion les sirva a los amigo logianos, para servirles

PATOCABEZA
05-23-11, 17:05
lo primero, saber si es contrato a plazo( que no creo, por que a plazo maximo un año) obra o indefinido,

si es por obra, faena o proyecto: vacaciones anuales si no te las as tomado mas vacaciones proporcionales

indefinido: vacaciones anuales si no te las has tomado, vacaciones proporcionales, indem. por año y mes de aviso si no te mandaron la carta de aviso con treinta dias de antelacion.:D

xero
07-27-11, 15:17
Ojo, el contrato a plazo fijo de un profesional puede tener como tope dos años, no uno.

Padre John Under
07-27-11, 16:35
heheh chuta....
moneda 720......me los cague a todos....jajajaj INSPECCION DEL TRABAJO.


Puro hermanos vivos en nuestra congregacion....