Estimado don Tekila:
Siguiendo su sugerencia, abro este post con el único objeto de traer al foro un extracto del Código Penal Chileno, en lo relacionado con el tema de la cita y así, percatarnos que nuestros VALORES no siempre coinciden con la LEY:
Código Penal Chileno
5. De la violación
Art. 361. La violación será castigada con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio. Comete violación el que accede carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona mayor de catorce años, en alguno de los casos siguientes:
1º Cuando se usa de fuerza o intimidación.
2º Cuando la víctima se halla privada de sentido, o cuando se aprovecha su incapacidad para oponerse.
3º Cuando se abusa de la enajenación o trastorno mental de la víctima.
Opinión personal: La ley no considera el acto como delito si éste ocurre bajo ninguno de los tres casos. Por ejemplo, con consentimiento del menor
6. Del estupro y otros delitos sexuales
Art. 363. Será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, el que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de edad pero mayor de catorce años, concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:
1º Cuando se abusa de una anomalía o perturbación mental, aun transitoria, de la víctima, que por su menor entidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno.
2º Cuando se abusa de una relación de dependencia de la víctima, como en los casos en que el agresor está encargado de su custodia, educación o cuidado, o tiene con ella una relación laboral.
3º Cuando se abusa del grave desamparo en que se encuentra la víctima.
4º Cuando se engaña a la víctima abusando de su inexperiencia o ignorancia sexual.
Opinión personal: La ley no considera el acto como delito si éste ocurre bajo ninguno de los cuatro casos. Por ejemplo, con consentimiento del menor
En Chile, la edad de consentimiento sexual es a partir de los 14 años y, aunque nos parezca sorprendente, en el Vaticano es a partir de los 12 años.
Conclusión:
He querido explayarme de esta forma para tratar de enriquecer con datos duros el debate y lograr comprender algunos fallos de la Justicia que nos parecen injustos, sin embargo, la mayoría de ellos son apegados a la LEY.
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